Aquí tienes el Podcast del capitulo 192. Las 3 partes de una herencia en España Puedes escucharlo en formato audio, o si lo prefieres puedes leerlo.
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Las tres partes de una herencia en España, era un tema que tenía pendiente para traer al podcast. Más o menos tenía muy claro cómo funcionaba pero una vez que empiezas a profundizar un poco más en el tema descubres que no es todo tan sencillo como parece.
España está dividida en 17 comunidades autónomas y en algunas de ellas hay una normativa diferente. Asique lo que te voy a contar hoy no se aplica igual en todos los lugares de España. Y si estás fuera de España seguramente este tema te interese más bien un poco menos.
Las herencias en España se dividen en tres partes. No es que haya que cortar una herencia en tres partes, pero sí que se debe considerar el valor de cada una de estas partes. Y cada una pues tiene un destino totalmente diferente.
Resumen
El tercio de libre disposición
El primer tercio la primera parte de la herencia es la que se llama de libre disposición. Esta parte de la herencia es para hacer lo que tú quieras con ella; se la puedes dar a quien tú quieras. Y no tiene porqué ser lo que se llama un heredero.
Por ejemplo se lo puedes dar a alguna ONG, se lo puedes dar a un amigo, a un familiar pero que no sea heredero. A un conocido. Para quien tu quieras.
Los herederos
En principio los herederos son siempre tus hijos o los hijos de tus hijos. Estos son los llamados descendientes.
Si no hay descendientes, le toca el turno a los ascendientes. Es decir, tus padres, después los hijos de tus padres. O abuelos y los descendientes de ellos, y sino incluso podemos ir a un nivel anterior.

El orden puede variar de un lugar a otro. Según las normas y costumbres.
Dos terceras partes de nuestra herencia son para tus herederos. Y estas dos terceras partes a su vez se dividen en dos.
Un tercio de la herencia tiene un destino y otro tercio otro destino.
Pero en todo caso estos dos tercios deben ser para tus herederos.
El tercio de la legítima
Un tercio es lo que se considera legítima. Esta parte de la herencia se debe dividir en partes iguales en todos tus herederos (los herederos que tengan los mismos derechos).
Por ejemplo si tienes tres hijos pues sería este tercio a tres partes iguales para cada uno de tus hijos.
Al menos en principio es así, pero depende de la Comunidad Autónoma en la que vivas.
La legítima en cada comunidad autónoma
España creo que son 11 comunidades las que han legislado el código civil y han determinado que esto no siempre es así.
En Cataluña no es un tercio sino un cuarto, es ¼ la parte de la legitima.
En Aragón es la ½ pero solo se aplica en caso de descendientes no para ascendientes.
En Baleares no hay solo una norma sino que depende en qué isla.
Resumiendolo, en principio la legítima es un tercio de tu herencia. Pero en determinadas comunidades puede ser una cantidad diferente o solo se aplica en caso de descendientes nunca ascendientes.
El tercio de la mejora
El tercio de la mejora, debe ser obligatoriamente para tus herederos.
Pero en este caso no se divide a partes iguales ni nada parecido. Puede ser para quien tú quieras, pero debe ser uno de tus herederos.
Le puedes dar más cantidad de herencia por ejemplo al primogénito, al que se queda con la casa familiar o a quien tú crees que se ha portado mejor contigo.
El tercio de la mejora es para mejorar la herencia de una de las partes de la legítima.
Resumen; las tres partes de la herencia en España



Si tienes tres hijos como hemos dicho antes, a cada uno le corresponde una tercera parte de ese tercio. Que es la legítima.
Después tienes otro ⅓ de la herencia para “mejorar” la parte de un de tus herederos (dividir a partes igual o como tu quieras).
Y el otro último ⅓ es a libre disposición. Puede ser para tus herederos o para otras personas u organizaciones que tu quieras.
Y una cosa más
Esta forma de gestionar las herencias en España es un poco diferente a otros países y tiene su razón de ser.
Todo esto viene en el Código Civil, una norma de finales del siglo XIX, es decir de hace mucho más de 100 años (publicado en 1889).
Antes las cosas eran muy diferentes. Entre ellas la esperanza de vida.
Actualmente con esperanzas de vida de más de 70 años, lo normal es heredar cuando uno ya tiene su vida más o menos encaminada. Con una profesión o un trabajo (o al menos la edad de tenerlo). Y nadie se va a quedar indefenso.
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Y esto es todo por hoy. Si tienes alguna duda o sugerencia. Te puedes poner en contacto conmigo en quieroserrico.com/contacto o en hola@quieroserrico.com.
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